¿Cómo tributar por la extinción de un condominio en la Comunidad Valenciana?

En ocasiones, se producen situaciones en las que uno de los propietarios de un inmueble transmite su parte a los demás copropietarios, generando ciertas implicaciones fiscales. Analicemos un ejemplo práctico para entender cómo se tributa en la Comunidad Valenciana por una operación de este tipo.

Ejemplo práctico

La familia Gómez acude al notario para formalizar la transmisión de un porcentaje de un condominio. Clara, la hija, posee el 50% de la vivienda, mientras que sus padres tienen el otro 50%. Clara decide transmitir su parte a sus padres por un precio de 55.000 €, que coincide con el valor de mercado del inmueble en la zona. Sin embargo, el valor de referencia del inmueble, determinado por la Dirección General del Catastro, es de 65.000 € para la mitad de la vivienda transmitida.

Extinción de condominio

Análisis fiscal

En este caso, se abren dos posibles vías tributarias, dependiendo de cómo se califique la operación:

Opción A: Venta de una participación indivisa (transmisión sujeta a TPO)
Si la transmisión se califica como una venta, los padres deberán abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (TPO) por el valor de referencia del inmueble (65.000 €), aplicándose el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana, que es del 10%. En este caso, el coste fiscal será de 6.500 €.

Opción B: Extinción del condominio (transmisión sujeta a AJD)
Si se opta por considerar la operación como una extinción de condominio, no se aplica TPO, sino que tributa por Actos Jurídicos Documentados (AJD). En la Comunidad Valenciana, el tipo aplicable para AJD es del 1,5% sobre el valor de referencia, lo que implica un coste de 975 €.

Tributación en el IRPF

Por otro lado, Clara deberá tributar por el incremento de patrimonio en el IRPF. La ganancia se calcula como la diferencia entre el precio de venta (55.000 €) y el precio de adquisición, que en este caso fue de 25.000 € hace 15 años. Por tanto, Clara deberá declarar una ganancia de 30.000 €, que se gravará al tipo progresivo correspondiente de la base del ahorro.

Conclusión
Es fundamental evaluar correctamente las implicaciones fiscales de una operación de este tipo. Optar por calificar la transmisión como extinción de condominio o como venta puede marcar una gran diferencia en el coste tributario. Desde nuestra asesoría, te ayudamos a analizar cada caso particular y a elegir la opción más beneficiosa dentro de la legalidad.

¿Tienes dudas sobre este tema? Contacta con nosotros y resolveremos tus preguntas.

condominio

Podría interesarte..

Nuevas incorporaciones en Annexian Asesores – Oficina de Sueca

En Annexian Asesores seguimos creciendo para ofrecer un servicio cada vez más ágil, especializado y cercano. Por eso, reforzamos nuestro equipo Fiscal en Sueca con dos nuevas incorporaciones que vienen a sumar talento, experiencia y visión estratégica a un área clave de la firma. Esta ampliación del equipo nos permitirá:

Leer más »

Gracias por sostener un año tan importante y tan retador

Cuando termina un año, uno tiende a mirar resultados, números, objetivos cumplidos… Pero si algo me deja 2025, es que lo verdaderamente decisivo no siempre se mide en cifras. Se mide en paciencia, en confianza, en capacidad de adaptación y en apoyo silencioso. Este 2025 ha sido un año especial

Leer más »