Modelo 720 y 721: Obligaciones de la declaración de bienes en el extranjero

En el ámbito fiscal, la Agencia Tributaria establece diversas obligaciones informativas para los contribuyentes con activos en el extranjero. Entre estas, destacan el Modelo 720 y el Modelo 721, los cuales tienen como objetivo reforzar el control sobre la titularidad de bienes y criptoactivos fuera de España. En este artículo, analizaremos en profundidad estas declaraciones, sus implicaciones y plazos.

Modelo 720

Modelo 720: Declaración de Bienes y Derechos en el Extranjero

El Modelo 720 es una declaración informativa de carácter obligatorio para personas físicas y jurídicas residentes en España que posean activos en el extranjero cuyo valor supere los 50.000€.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Están obligados a presentar este modelo los contribuyentes que, a 31 de diciembre del ejercicio fiscal, sean titulares, beneficiarios, autorizados o posean algún tipo de interés en:

– Cuentas bancarias en el extranjero, cuando el saldo conjunto supere los 50.000 euros.

– Valores, derechos, seguros y rentas gestionados u obtenidas en el extranjero, con un límite conjunto de 50.000 euros.

– Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles en el extranjero, si su valor supera los 50.000 euros.

Una vez presentada la declaración, solo se deberá volver a presentar si en años posteriores hay un incremento en el valor de los bienes superior a 20.000 euros respecto a la última declaración presentada o si se ha producido la cancelación o venta de los mismos.

Plazo de presentación

El plazo para presentar el Modelo 720 va desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, ambos inclusive, del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente. Es fundamental su correcta presentación para evitar sanciones y posibles consecuencias fiscales.

Modelo 721: Declaración de Criptoactivos en el Extranjero

El Modelo 721 es una nueva obligación informativa introducida para el ejercicio 2023, enfocada en la declaración, por residentes en España, sobre la tenencia de criptomonedas en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Este modelo debe ser presentado por personas físicas y jurídicas residentes en España que posean monedas virtuales en plataformas situadas en el extranjero cuando el valor conjunto de los mismos supere los 50.000 euros.

Plazo de presentación

El plazo de presentación es el mismo que el del Modelo 720 desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, ambos inclusive, del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente. La falta de presentación o la declaración incorrecta podría derivar en infracciones fiscales con sus correspondientes sanciones.

El Modelo 720 y el Modelo 721 son herramientas clave en la lucha contra el fraude fiscal y la evasión de impuestos en el extranjero. Su correcta presentación es esencial para evitar sanciones y cumplir con las obligaciones tributarias en España.

Si usted se encuentra en alguno de los supuestos mencionados y tiene la obligación de presentar estos modelos, o dudas al respecto, puede ponerse en contacto con nuestro despacho. Nuestro equipo está a su disposición para analizar su caso particular y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

plantilla-modelo-720-363x400

Podría interesarte..

Nuevos vídeos explicativos sobre el uso del Portal del Cliente

En relación con la comunicación enviada recientemente sobre el Portal de Cliente Biloop, le informamos de que hemos ampliado los contenidos disponibles con nuevos vídeos explicativos, cuyo objetivo es facilitar el uso de la plataforma y mejorar la gestión diaria de la información con el despacho. En esta nueva publicación

Leer más »

Subvenciones para el fomento del empleo 2026

En el actual contexto de dificultad para atraer y retener talento, la Generalitat Valenciana, a través de LABORA, ha puesto en marcha una línea de subvenciones dirigidas directamente a las empresas que realicen contrataciones indefinidas iniciales de personas jóvenes cualificadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. ¿Quiénes pueden

Leer más »